jueves, 5 de enero de 2012

La Legilación Educativa

    La legislación educativa es la forma en la que se concreta la idea que un partido político o la sociedad tiene sobre educación, el problema en los últimos años es que las legislaciones han dependido de los partidos políticos y no de la sociedad.

     Legislar es ir haciendo leyes. El proceso resulta complejo ya que si cambia la ley tienes que modificar todo lo anteriormente aplicado. Normalmente todas las normas no tienen el mismo rango. Solo se puede legislar a través de leyes orgánicas (se aprueban a través de las cortes con mayoría absoluta, afecta a todo el territorio y ninguna ley puede ir en contra de ellas) y no de leyes normales (aprobada con la mayoría de los asistentes).

     A veces las leyes orgánicas que definen la educación se pueden alternar con otras leyes. El Decreto Ley es una ley que da el gobierno, es muy corta y tiene que ser secundada por el Parlamento. Las leyes legislan, en el rango de ordenación por debajo del Real Decreto. En las autonomías están las Leyes Autonómicas, que nunca pueden ir fuera, más allá o en contra de lo que digan las Leyes Orgánicas, y si pueden ir fuera de las Leyes Ordinarias cuando la comunidad tenga competencias en ese ámbito.
Las palabras mayores están en las legislaciones, pero la ordenación de éstas y las concreciones están los demás. El Real Decreto es del gobierno central, si es de las CCAA se llama Decreto. En la loe no se dice si deben los niños aprender a sumar en 1º o en 2º, por eso a partir de la ley, se elabora un decreto q deben seguir los alumnos, decreto con las evaluaciones, las enseñanzas mínimas. Un Decreto lo tiene que promover un Ministro o un Consejero, debe ser aprobado por el Gobierno y firmado por el Rey o Comunidad Autónoma.

     Los Decretos se suelen desarrollar después a través de las Ordenes (ordenación y funcionamiento de los colegios de primaria, y que van cambiando continuamente con los años) y las aprueban los Consejeros. Todo esto es igual en las CCAA. Las Resoluciones las firma un Director General, y tiene que ver con el ámbito de ese director. Las Instrucciones son personas que están por debajo del director general como el Delegado Provincial o un Jefe de Servicio, y suele regular procesos pequeños (detalles del programa delphos...).

     Todas las normas tienen la misma anatomía: un primer texto exposición de motivos y preámbulo (por qué y para qué se hace eso y qué se propone conseguir), suele ir acompañada de la referencia normativa previa (ver la referencia de la que no se puede salir en esa ley u orden: “en vigor del artículo de la LOE...”). Articulado (título, capítulos, sesión o artículo). Disposiciones  adicionales (nuevas disposiciones adicionales), transitorias, derogatorias (lo que no se admite de la regulación anterior) y finales.

     El marco de partida de toda ley orgánica es la Constitución: derecho de la educación, el objetivo es el pleno desarrollo de la personalidad, garantiza la formación religiosa, la educación básica es obligatoria y gratuita, los poderes públicos a la administración que pongas en marcha todo el proceso, una persona o  empresa cree centro docentes, que los profesores padres y alumnos participen en la gestión de centros de fondos públicos, inspección y homologación de lo educativo, etc.

    Por lo que en un breve resumen, el orden de la legislación educativa actual es la siguiente:

1.    Leyes Orgánicas/otras leyes.

2.    Real Decreto.

3.    Orden Ministerial.

4.    Resoluciones.

    Al igual que en el Estado, en las Comunidades Autónomas sucede lo mismo, y en el mismo orden.

    En el Decreto 68/2007, de 29/05/2007, que ordena el currículo de Castilla La Mancha, está regulado como hemos explicado anteriormente, por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y por el Real Decreto 1513/2006 de 7 de diciembre de 2006.

    Cuestión: ¿Qué tiene que aprender un alumno matriculado en un colegio en concreto?

    El Real Decreto 1513 establece las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria en todo el ámbito nacional.

    Decreto 68: "Una vez fijadas por el Gobierno las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Primaria mediante el Real Decreto 1513/2006 de 7 de diciembre de 2006, corresponde [...]"

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